martes, 29 de junio de 2010

Sobre Cribado Cromosómico: quien sepa escribir que escriba


Juan Manuel de Prada lo expresa así.


Mientras la muerte deslizaba palabras ofidias, artículo de Juan Manuel de Prada

FUENTE: manifiestoporlavida: http://manifiestoporlavida.wordpress.com/2010/06/28/mientras-la-muerte-deslizaba-palabras-ofidias-articulo-de-juan-manuel-de-prada/



Se llaman María y Roque. Hace unas pocas semanas, la amiocentesis reveló que Roque nacería, muy probablemente, con síndrome de Down; y a María la invitaron a abortar, la exhortaron a abortar, le auguraron una existencia infernal si no abortaba, incluso pretendieron pintarle el aborto como una solución misericordiosa para Roque, que entretanto seguía creciendo en su vientre, como un sigiloso milagro, como un carbunclo encendido que pugna por asomarse al mundo. Pero María se negó a abortar; halló la fortaleza necesaria en Ramón, su marido, que por las noches le susurraba letanías de ensimismado amor, mientras auscultaba de besos su vientre. Y juntos decidieron desoír las palabras ofidias que les prometían alevosamente una vida tranquila si borraban el futuro de Roque, juntos decidieron acompañar contra viento y marea la gestación de Roque, juntos decidieron recibirlo con emocionada y absorta gratitud, como se reciben los dones más valiosos e irrepetibles, juntos decidieron acompañar su respiración, velar su respiración, sostenerse en su respiración frágil, apenas audible, que sin embargo se bastaba para exorcizar las zozobras, como una luciérnaga exorciza las sombras. Y contaron, con trémula y febril expectación, los días que restaban para que Roque abandonara su cálido refugio y alumbrase sus vidas para siempre.
María y Ramón acaban de saber que Roque nacerá sin síndrome de Down. Nacerá sano y fuerte, gracias a que sus padres decidieron recibirlo con alborozo, cuando les advertían que nacería débil y enfermo. Y la cámara de Álvaro Ybarra estaba allí para celebrar la esperanza, para celebrar el coraje de María y Ramón, que se abrazaron intrépida y escandalosamente a la vida, mientras la muerte deslizaba palabras ofidias.
JUAN MANUEL DE PRADA



En España está permitido y amparado por la ley, desde 1985 y con el apoyo de todos los partidos políticos parlamentarios, el aborto de un hijo que se presuma que pueda tener Síndrome de Down, sin que exista ninguna resposabilidad penal para nadie si luego se comprueba, como en la historia del artículo, que tal suposición que causó el aborto era falsa.

lunes, 28 de junio de 2010

Presión contra la objeción de conciencia del médico en el Consejo de Europa

ZS10062501 - 25-06-2010
Permalink: http://www.zenit.org/article-35862?l=spanish


El mayor obstáculo para implantar el aborto, según ANDOC


ESTRASBURGO, viernes 25 de junio de 2010 (ZENIT.org).- La Comisión de Salud de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE) ha pedido a los Gobiernos de los países de la Unión que regulen la objeción de conciencia en el ámbito sanitario.

La comisión aprobó este lunes 21 de junio un proyecto de resolución preparado por la diputada británica Christine McCafferty por el que esta cuestión se debatirá en la sesión plenaria de la PACE de otoño, que se celebrará en Estrasburgo del 4 al 8 de octubre.

Concretamente, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa debatirá si pide a los Gobiernos la elaboración de reglamentos que definan la objeción de conciencia en el ámbito de la salud y nieguen este derecho “en caso de urgencia”.

El proyecto se titula El acceso de las mujeres a la asistencia médica legal: el problema del uso no regulado de la objeción de conciencia.

Advierte que “la práctica de la objeción de conciencia se desarrolla en el ámbito de la asistencia sanitaria cuando los proveedores de salud rechazan garantizar ciertos servicios basándose en una objeción religiosa, moral o filosófica”.

Y ante esa realidad, considera necesario establecer “un equilibrio entre la objeción de conciencia de un individuo que rechaza cumplir un determinado acto médico”, y la responsabilidad profesional y “el derecho de cada paciente a recibir un tratamiento médico legal en el plazo apropiado”.

Por eso, el proyecto pide el “desarrollo de regulaciones comprensibles y claras que definan y regulen la objeción de conciencia respecto a los servicios sanitarios y médicos, incluidos los servicios de salud reproductiva”.

Por su parte, en España, la Asociación Nacional en Defensa de la Objeción de Conciencia (ANDOC) advirtió que la objeción de conciencia sí está reconocida para determinados supuestos concretos, por ejemplo el aborto, en todos los países.

“No se puede decir que no esté regulada -declaró a ZENIT el coordinador general de ANDOC, José Antonio Díez-, pero regularla más no debe significar, sin embargo, limitar un derecho fundamental como la libertad ideológica y la objeción de conciencia”.

Díez también alertó de la utilización del término “proveedor de salud” para referirse al médico que utiliza el proyecto, ya que, en su opinión, “echa por tierra el sentido humano de la práctica de la medicina”.

“Un médico que tenga que estar al servicio de una determinada ideología sin poder disentir en algún momento va en detrimento también de la atención sanitaria”, advirtió.

Además, añadió, “algunos médicos tendrán que abandonar determinadas especialidades si se ven obligados a hacer algo contrario a su ciencia, como el aborto”.

Para ANDOC, todo el lenguaje que utiliza el proyecto está en la línea del de las agencias de control de la población y derechos reproductivos.

Además, Díez lamentó que “la objeción de conciencia aparezca en él como algo sospechoso” y destacó que, para los defensores del aborto, este derecho “es visto como el mayor obstáculo para implantarlo”.

Los reglamentos sugeridos

Según el proyecto aprobado en la Comisión de Salud de la PACE, las reglamentaciones que pide “deberían garantizar el derecho a la objeción de conciencia sólo a los profesionales de la salud directamente implicados en el procedimiento médico en cuestión, y no a las instituciones públicas del Estado, como los hospitales públicas y las clínicas en su conjunto”.

Además, los profesionales sanitarios deberían estar obligados a administrar al paciente “el tratamiento que desee y que tenga derecho legalmente a recibir” -a pesar de su objeción de conciencia- “ en caso de urgencia (y también cuando la salud o la vida del paciente esté amenazada) o cuando no sea posible derivar al paciente a otro agente sanitario (en particular en ausencia de un profesional equivalente a una distancia razonable)”.

Por otra parte, los médicos también deberían proporcionar información a los pacientes sobre todas las opciones de tratamiento posibles.

El Consejo de Europa -al que pertenece la PACE, de mayoría socialista- es un organismo consultivo y los Estados no están obligados a acatar sus resoluciones.

Por Patricia Navas


Consultar la propuesta a la Asamblea:

en inglés:

en castellano:

miércoles, 23 de junio de 2010

Ovillejo de eufemismos macabros

NOTICIAS GLOBALES, Año XIII. Número 920, 27/10. Gacetilla n° 1043. Buenos Aires, 22 junio 2010

1043) USA: ABORTO QUÍMICO. UN OVILLO DE EUFEMISMOS. Fuentes en el texto. Por Juan C. Sanahuja

EllaOne, la nueva RU-486. Obamistas: extender el aborto químico. El ovillo de eufemismos

El 17 de junio, el comité de asesores para salud reproductiva de la Food and Drug Administration (FDA), votó por unanimidad a favor de la comercialización como “anticonceptivo de emergencia” de la droga Ulipristal, calificándola de segura para la salud de la mujer y eficaz para evitar embarazos. La FDA es el organismo oficial norteamericano que autoriza la fabricación y/o la venta de medicamentos. La aprobación de la FDA es suficiente para que muchos países comercialicen un producto.

Según Americans United for Life se trata de la primera vez que una droga antiprogesterona es autorizada como “anticonceptivo de emergencia”.

EllaOne, la nueva RU-486

Desde mediados de 2009 el laboratorio europeo HRA Pharma, fabrica y distribuye un nuevo abortivo hormonal, llamado EllaOne. La misma empresa produce el anticonceptivo de emergencia (abortivo) Norlevo y el dispositivo intrauterino (abortivo) Mona Lisa. HRA Pharma tiene sus oficinas centrales en París y filiales en Bochum (Alemania), Roma, Londres, Madrid y New York.

El EllaOne tiene como principio activo el acetato de Ulipristal y se presenta como “el anticonceptivo de emergencia que brinda protección eficaz (contra el embarazo) de forma constante durante 5 días”, pero lo que ocultan sus fabricantes es que su acción es similar a la del pesticida humano RU-486, cuyo principio activo es la droga mifepristona, que mata al embrión humano aún después de implantado en el útero de la madre, (vid. NG 201, 358, 368, 518, 726).

Bradley Mattes, director del Life Issues Institute declaró: "EllaOne ha sido clasificado como anticonceptivo de emergencia, pero funciona en forma muy similar a la píldora abortiva RU 486 al bloquear la llegada de progesterona al útero”.

¿Segura para la salud materna?

Recordemos que la Organización Mundial de la Salud (OMS), en 2005, incluyó a la mifepristona, el “pesticida humano”, entre los “medicamentos esenciales” y la considera como uno de los medios para alcanzar los Objetivos del Milenio para el Desarrollo (Objetivo n° 5, “Reducir la mortalidad materna”. Vid. NG 726, 836, 865, 932, 995, entre otros).

Según Americans United for Life, “hasta la fecha, se han registrado al menos 13 mujeres muertas después de utilizar la droga abortiva mifepristona (comercializada bajo los nombres de RU-486, Mifegyne, etc.), aunque de acuerdo con su fabricante europeo posiblemente son docenas las usuarias muertas. Además, se tienen registros de más de 1.100 mujeres que han experimentado problemas médicos graves asociados con esta droga, según las cifras del 2006 de la propia Food and Drug Administration (FDA), (Life News, 18-05-10, 01-06-10, 15-06-10, 17-06-10, 18-06-10).

Obamistas: extender el aborto químico

La clasificación del EllaOne como anticonceptivo de emergencia facilitaría los planes abortistas del gobierno de Obama.

En efecto, la senadora demócrata Barbara Mikulski impulsa en el Senado una interpretación del texto de la nueva ley de salud de Obama. La pretensión, que en realidad responde a los intereses de Planned Parethood (PP), consiste en que el apartado "atención preventiva y exámenes adicionales" incluya el “derecho” de las mujeres a recibir gratuitamente todos los pseudo anticonceptivos (en realidad abortivos) que estén clasificados como “anticoncepción de emergencia”, los cuales no tienen restricciones para su comercialización en USA, como las tiene la mifepristona y sus marcas comerciales: RU-486, Mifegyne, etc.

Richard Doerflinger, miembro de la secretaría del Comité de Actividades Pro-Vida de la Conferencia Episcopal, declaró: “el debate en el Congreso debe centrarse en la necesidad de incluir en los ‘servicios de prevención’ las enfermedades mortales como el cáncer de mama, y no en la necesidad de evitar el nacimiento de nuevos beneficiarios del sistema de asistencia sanitaria", (Life News, 01-06-10).

El ovillo de eufemismos

En realidad estamos ante un ovillo de eufemismos creado por la cultura de la muerte para no usar la palabra aborto. Anticoncepción de emergencia es un eufemismo, se trata de distintos procedimientos para provocar el aborto por medios químicos. Clasificar determinadas drogas abortivas dentro de la anticoncepción de emergencia o dejarlas fuera de ese concepto, no es más que otra arbitrariedad nominalista del Nuevo Orden Mundial.

Además, si bien actualmente las políticas abortistas, cada vez más agresivas, de Barack Obama influyen en las decisiones de la FDA, ya cuando se gestó el término anticoncepción de emergencia, desde finales de los años 80, estaba contemplado el uso de la mifepristona, el “pesticida humano”, para provocar “abortos tempranos”. Vid. :

-USA: La anticoncepción de emergencia (NG 99)

-Comunicación de la Santa Sede a la Conferencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS), junio 1988 (NG 107)

-Concepción, embarazo y contracepción: sus significados (NG 131)

-Anticoncepción de emergencia: El Consenso de Bellagio (NG 162)

-Sobre la llamada contracepción de emergencia (Declaración del Centro de Bioética de la Universidad Católica del Sagrado Corazón de Roma. Documento nº 3, 08-03-97 (NG 198)

-USA: El extraño comercio de la RU-486 (NG 386)

FIN, 22-06-10

_______________________________

NOTICIAS GLOBALES es un boletín de noticias sobre temas que se relacionan con la PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA VIDA HUMANA Y LA FAMILIA. Editor: Pbro. Dr. Juan Claudio Sanahuja; E-mail: noticiasglobales@noticiasglobales.org ; http://www.noticiasglobales.org ;

Ovillejo de eufemismos macabros

NOTICIAS GLOBALES, Año XIII. Número 920, 27/10. Gacetilla n° 1043. Buenos Aires, 22 junio 2010

1043) USA: ABORTO QUÍMICO. UN OVILLO DE EUFEMISMOS. Fuentes en el texto. Por Juan C. Sanahuja

EllaOne, la nueva RU-486. Obamistas: extender el aborto químico. El ovillo de eufemismos

El 17 de junio, el comité de asesores para salud reproductiva de la Food and Drug Administration (FDA), votó por unanimidad a favor de la comercialización como “anticonceptivo de emergencia” de la droga Ulipristal, calificándola de segura para la salud de la mujer y eficaz para evitar embarazos. La FDA es el organismo oficial norteamericano que autoriza la fabricación y/o la venta de medicamentos. La aprobación de la FDA es suficiente para que muchos países comercialicen un producto.

Según Americans United for Life se trata de la primera vez que una droga antiprogesterona es autorizada como “anticonceptivo de emergencia”.

EllaOne, la nueva RU-486

Desde mediados de 2009 el laboratorio europeo HRA Pharma, fabrica y distribuye un nuevo abortivo hormonal, llamado EllaOne. La misma empresa produce el anticonceptivo de emergencia (abortivo) Norlevo y el dispositivo intrauterino (abortivo) Mona Lisa. HRA Pharma tiene sus oficinas centrales en París y filiales en Bochum (Alemania), Roma, Londres, Madrid y New York.

El EllaOne tiene como principio activo el acetato de Ulipristal y se presenta como “el anticonceptivo de emergencia que brinda protección eficaz (contra el embarazo) de forma constante durante 5 días”, pero lo que ocultan sus fabricantes es que su acción es similar a la del pesticida humano RU-486, cuyo principio activo es la droga mifepristona, que mata al embrión humano aún después de implantado en el útero de la madre, (vid. NG 201, 358, 368, 518, 726).

Bradley Mattes, director del Life Issues Institute declaró: "EllaOne ha sido clasificado como anticonceptivo de emergencia, pero funciona en forma muy similar a la píldora abortiva RU 486 al bloquear la llegada de progesterona al útero”.

¿Segura para la salud materna?

Recordemos que la Organización Mundial de la Salud (OMS), en 2005, incluyó a la mifepristona, el “pesticida humano”, entre los “medicamentos esenciales” y la considera como uno de los medios para alcanzar los Objetivos del Milenio para el Desarrollo (Objetivo n° 5, “Reducir la mortalidad materna”. Vid. NG 726, 836, 865, 932, 995, entre otros).

Según Americans United for Life, “hasta la fecha, se han registrado al menos 13 mujeres muertas después de utilizar la droga abortiva mifepristona (comercializada bajo los nombres de RU-486, Mifegyne, etc.), aunque de acuerdo con su fabricante europeo posiblemente son docenas las usuarias muertas. Además, se tienen registros de más de 1.100 mujeres que han experimentado problemas médicos graves asociados con esta droga, según las cifras del 2006 de la propia Food and Drug Administration (FDA), (Life News, 18-05-10, 01-06-10, 15-06-10, 17-06-10, 18-06-10).

Obamistas: extender el aborto químico

La clasificación del EllaOne como anticonceptivo de emergencia facilitaría los planes abortistas del gobierno de Obama.

En efecto, la senadora demócrata Barbara Mikulski impulsa en el Senado una interpretación del texto de la nueva ley de salud de Obama. La pretensión, que en realidad responde a los intereses de Planned Parethood (PP), consiste en que el apartado "atención preventiva y exámenes adicionales" incluya el “derecho” de las mujeres a recibir gratuitamente todos los pseudo anticonceptivos (en realidad abortivos) que estén clasificados como “anticoncepción de emergencia”, los cuales no tienen restricciones para su comercialización en USA, como las tiene la mifepristona y sus marcas comerciales: RU-486, Mifegyne, etc.

Richard Doerflinger, miembro de la secretaría del Comité de Actividades Pro-Vida de la Conferencia Episcopal, declaró: “el debate en el Congreso debe centrarse en la necesidad de incluir en los ‘servicios de prevención’ las enfermedades mortales como el cáncer de mama, y no en la necesidad de evitar el nacimiento de nuevos beneficiarios del sistema de asistencia sanitaria", (Life News, 01-06-10).

El ovillo de eufemismos

En realidad estamos ante un ovillo de eufemismos creado por la cultura de la muerte para no usar la palabra aborto. Anticoncepción de emergencia es un eufemismo, se trata de distintos procedimientos para provocar el aborto por medios químicos. Clasificar determinadas drogas abortivas dentro de la anticoncepción de emergencia o dejarlas fuera de ese concepto, no es más que otra arbitrariedad nominalista del Nuevo Orden Mundial.

Además, si bien actualmente las políticas abortistas, cada vez más agresivas, de Barack Obama influyen en las decisiones de la FDA, ya cuando se gestó el término anticoncepción de emergencia, desde finales de los años 80, estaba contemplado el uso de la mifepristona, el “pesticida humano”, para provocar “abortos tempranos”. Vid. :

-USA: La anticoncepción de emergencia (NG 99)

-Comunicación de la Santa Sede a la Conferencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS), junio 1988 (NG 107)

-Concepción, embarazo y contracepción: sus significados (NG 131)

-Anticoncepción de emergencia: El Consenso de Bellagio (NG 162)

-Sobre la llamada contracepción de emergencia (Declaración del Centro de Bioética de la Universidad Católica del Sagrado Corazón de Roma. Documento nº 3, 08-03-97 (NG 198)

-USA: El extraño comercio de la RU-486 (NG 386)

FIN, 22-06-10

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NOTICIAS GLOBALES es un boletín de noticias sobre temas que se relacionan con la PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA VIDA HUMANA Y LA FAMILIA. Editor: Pbro. Dr. Juan Claudio Sanahuja; E-mail: noticiasglobales@noticiasglobales.org ; http://www.noticiasglobales.org ;

lunes, 21 de junio de 2010

Pintadas contra las Farmacias


Pintadas contra la farmacia de Lago Van por negarse a dispensar la píldora postcoital

Desde que se aprobara la venta libre de este fármaco, el establecimiento aduce motivos religiosos y de salud para no facilitarlo.

Con estas consignas proabortistas y anti católicas cubriendo toda su fachada amanecía, el pasado 24 de enero, la farmacia de la calle Lago Van. El motivo aparente, la negativa a dispensar la píldora postcoital, acogiéndose a la objeción de conciencia farmacéutica. Una decisión que parece no ser del agrado de ciertos colectivos. La responsable de la farmacia ha calificado este episodio de "acto de intolerancia" y ha pedido respeto para su postura. Posición que fundamenta en motivos religiosos y de salud. "Sanitariamente hablando, la píldora postcoital es una barbaridad", señala. Además, según ha explicado a EL DISTRITO, se trata de un medicamento fuerte que, suministrado sin ningún tipo de control puede resultar peligroso para el paciente. Esta profesional destaca también que las características del fármaco no están demasiado claras y el folleto informativo existente acerca de la misma es incompleto. "Antes, -aclara- cuando se suministraba con receta, no teníamos ningún problema en facilitarla, pero ahora es diferente. Toda la responsabilidad recae sobre los farmacéuticos, y no somos médicos".

Aumenta el número de objetores
Este suceso es el primero ocurrido en el distrito desde que, el pasado 28 de septiembre, entrara en vigor la venta libre de la píldora en farmacias. Pero en Madrid, hace tan sólo un mes y medio la sede de la Fundación de la RedMadre sufría también el 'ataque' de los spray en su fachada. Juan Manuel Molina, responsable de Comunicación de la Asociación Nacional para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia (ANDOC), asegura que se trata de hechos aislados. Sin embargo, explica que la medida impuesta por el Ministerio de Sanidad ha incrementado considerablemente el número de objetores de conciencia, así como también lo han hecho las solicitudes del fármaco.

Libertades coartadas
Por su parte, fuentes de Izquierda Unida consultadas por este periódico, condenan estas pintadas como método de repulsa, pero se muestran en contra de que los farmaceúticos se nieguen a cumplir la ley amparándose en cuestiones morales. Laura Ruiz, profesional sanitario asegura que “no está reconocida la objeción de conciencia en el caso de la píldora” y aclara que “se trata de un fármaco no abortivo, con el que precisamente se pretende reducir el número de abortos”. “Ningún farmaceútico -en tanto que cumplen una función social- tiene derecho a anteponer su propia moral a los derechos del otro”, concluye.


FUENTE ELDISTRITO.ES

Esta noticia ha sido comentada por Wenceslao Calvo en su blog


domingo, 13 de junio de 2010

Argumentario abortista para anular la objeción de conciencia

Translated from: Cook, R.J, M. Arango Olaya & B. M. Dickens, “Healthcare Responsibilities and
Conscientious Objection” (2009) 104 International Journal of Gynecology and Obstetrics, 249‐ 252.© 2009 Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia. Publicado por Elsevier Ireland Ltd. Todos Derechos Reservados.

PROBLEMÁTICAS ÉTICAS Y LEGALES EN LA SALUD REPRODUCTIVA

Responsabilidades en los servicios de salud y objeción de conciencia

Rebecca J. Cook‐ Facultad de Derecho, Facultad de Medicina y Centro Adjunto de Bioética, Universidad de Toronto, Canadá.
Mónica Arango Olaya‐ Abogada para América Latina y el Caribe, Centro para los Derechos Reproductivos, Nueva York, EEUU
Bernard M. Dickens‐ Facultad de Derecho, Facultad de Medicina y Centro Adjunto de Bioética, Universidad de Toronto, Canadá y Autor Corresponsal, bernard.dickens@utoronto.ca, +1 416 9784849; fax +1 416 978 7899


Acceso al documento original



ESQUEMA

Resumen
  1. Introducción
  2. El caso
  3. El fallo de la Corte constitucional colombiana
  4. Implicaciones directas
  5. Implicaciones indirectas
  6. Contexto ético

Una ética para abortistas

6. El contexto ético

La sentencia colombiana refleja un pronunciamiento de autoridad dictado por el Papa Juan Pablo II en 1991 sobre la conciencia, que abordaba las condiciones para la conservación de la paz en una sociedad.22 Éste observó que:
La libertad de la conciencia no confiere un derecho indiscriminado a la objeción de conciencia. Cuando una libertad afirmada torna licencia o se convierte en una excusa para limitar los derechos de otros, el Estado se ve en la obligación de proteger, también por medios legales, los derechos inalienables de sus ciudadanos contra tales abusos.

La Corte Constitucional actuó como instrumento del Estado para brindar esta protección. El pronunciamiento papal no contradice la expectativa de que los miembros de la iglesia se nieguen a participar en el aborto dentro de sus capacidades personales, sino que incorpora la expectativa de que muestren el mismo respeto por la conciencia de otros que el que exigen por la conciencia propia. Su religión no posee el monopolio sobre la conciencia. El pronunciamiento de 1991 comienza notando que “las personas no deben intentar imponer su propia ‘verdad’ sobre los demás” 23 y requiere que las diferencias se resuelvan de manera pacífica, no por medio de la violencia, fuerza u obligación, con excepción del cumplimiento necesario de la ley justa.
Desafortunadamente, la historia muestra que los opositores a los derechos al aborto han recurrido a la fuerza, la violencia y hasta al asesinato24, lo que presenta preocupaciones éticas sobre lo públicamente identificables que estarían dispuestos a ser los proveedores que accedan a servir dichos derechos. La sentencia de la Corte le exige a hospitales e instituciones similares mantener registros de proveedores a quienes se pueden remitir pacientes para practicar abortos a cuya realización objeten otros proveedores. Igualmente, le exige a los médicos individuales objetores a remitir sus pacientes a proveedores no objetores. Esta información debe ser manejada de manera confidencial, análoga a la naturaleza confidencial de la información sobre pacientes relativa al secreto profesional. De igual manera, a los pacientes se les debe solicitar la misma confidencialidad que ellos exigen para sí mismos acerca de las identidades de sus proveedores.
Los médicos no tienen el mismo deber ético de remitir a aquellos que no son sus pacientes que el que tienen con aquellos que lo son. Pueden abstenerse de establecer una relación profesional con nuevos solicitantes de su servicio sin remitirlos a otros proveedores.25 Donde las poblaciones dependen de los hospitales para su cuidado, sea para urgencias o para áreas especializadas, éstos tienen efectivamente el deber de proporcionar personal capaz y dispuesto a prestar los servicios requeridos por sus pacientes. Como aclaró la Corte Constitucional, no pueden argumentar que la objeción de conciencia de individuos absuelve a los hospitales de cumplir con su deber, corroborado como un deber legal y ético por la misma Corte. Queda igualmente claro el deber del médico de remitir, independientemente de que trabaje con un sistema hospitalario o como independiente.26 El caso que resultó en la trascendental sentencia de la Corte Constitucional colombiana demuestra el poder que tienen los administradores de instituciones de la salud y los
médicos. Éstos gozan de un monopolio del servicio y pueden violar sus deberes éticos abusando de pacientes vulnerables y dependientes al negarles sus derechos. Este caso, y los casos comparables en México [5], Perú [6] y Polonia [8], por ejemplo, muestran la paradoja que constituye la utilización inescrupulosa de la conciencia y la injusticia de su exceso, que además, al contrario de estos casos, con frecuencia se queda sin solución.


::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::
22 Intervención del Papa Juan Pablo II, Si quieren la paz, respeten la conciencia de cada persona,
Vaticano, 1991, Mensaje para el 24 Día Mundial de la Paz, 1991, para.24.
23 Intervención del Papa Juan Pablo II, Si quieren la paz, respeten la conciencia de cada persona,
Vaticano, 1991, Mensaje para el 24 Día Mundial de la Paz, 1991, para.24.
24 CBC (Canadian Broadcasting Corporation) News website. Anti-abortion sniper gets maximum for murder, 18 de Marzo de 2003.
25 Lynch HF, Conflicts of conscience in healthcare: an institutional compromise, Cambridge MA, MIT Press, 2008, p. 235.
26 FIGO Committee for the Ethical Aspects of Human Reproduction and Women's Health, “Ethical guidelines on conscientious objection”, en International Journal of Gynecology and Obstetrics, 2006,
92(3):333-4.