miércoles, 18 de agosto de 2010

¿Además de objetar, puede hacer algo más?


La ley establece la obligación del médico de proporcionar a la mujer embarazada los sobres informativos desarrollados por el Ministerio de Sanidad y complementados con la información que dispongan las diferentes Comunidades Autónomas. No obstante, ninguna ley te prohíbe informar a la mujer gestante de la existencia de multitud de fundaciones, asociaciones, e instituciones que están dispuestas a ayudarla en su maternidad.
De igual forma, ninguna ley te prohíbe que en tu consulta tengas a la vista información de entidades sin ánimo de lucro capaces de ayudar a la mujer embarazada.
Por supuesto, también puede entregar a la mujer información sobre las consecuencias físicas y psíquicas del aborto o ecografías o fotografías que reflejen el desarrollo embrionario o fetal.
Además, puedes difundir entre tus compañeros de profesión, tus colaborados, y el personal laboral de tu centro, el compromiso que todo ciudadano tiene con respecto al derecho constitucional a la vida. El conocimiento y la divulgación del derecho a vivir consagrado en el artículo 15 de la Constitución Española, es el mejor compromiso para con la vida.
También puedes colaborar con algunas de las organizaciones que trabajen en tu localidad en beneficio del bien común, la vida y la justicia, contribuyendo con tu trabajo personal y con tu apoyo moral.
La defensa de la vida, no sólo es una obligación del Estado y de las instituciones públicas, también es un compromiso de todos los ciudadanos.


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